Impuesto a las Ganancias - Sociedades (edición 2025)
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Bertazza Nicolini Corti & Asociados
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¿Qué encontrarás en este Curso online?
El curso dirigido por Humberto J. Bertazza, organizado por el Estudio Bertazza Nicolini Corti y Asociados,y en el que participan Marcelo G. Serra y Marcelo Corti como expositores,es exclusivo de Wolap y ofrece un análisis integral de los aspectos más relevantes del Impuesto a las Ganancias aplicable a las Sociedades en 2025.
Se abordan con profundidad los aspectos técnicos y normativos que inciden en la determinación del resultado impositivo. El contenido parte del análisis del vínculo entre el balance comercial y el balance fiscal, destacando el rol que cumple la contabilidad en la liquidación del impuesto y los límites a la autonomía fiscal frente a las normas contables. Se desarrollan los criterios aplicables al devengamiento de ingresos y gastos, considerando la ausencia de una definición legal precisa y la consecuente aplicación de principios contables como causalidad, correlación y evaluación. Asimismo, se explican las situaciones en las que el criterio impositivo se aparta del contable, lo que da lugar a ajustes en la determinación del impuesto.
El curso también examina los principales ajustes que deben efectuarse sobre el resultado contable para determinar la ganancia neta sujeta a impuesto, incluyendo aspectos como el ajuste por inflación, amortizaciones, valuación de bienes, gratificaciones, intereses y gastos no deducibles. Se dedica un espacio relevante a las operaciones con sujetos del exterior, el régimen de retención aplicable y las normas de transparencia fiscal internacional. A través de una exposición clara y práctica, el curso ofrece herramientas fundamentales para comprender e implementar correctamente la normativa vigente, considerando tanto la letra de la ley como su aplicación concreta en el ámbito profesional.
¿A quién está dirigido este Curso?
Empresarios, contadores, abogados tributaristas y profesionales del Derecho y las Ciencias Económicas que busquen actualizar y profundizar sus conocimientos sobre el Impuesto a las Ganancias en sociedades.
Modalidad:
• La modalidad del curso es asincrónica y 100% online.
• El curso incluye los videos explicativos y material de lectura relacionados a la base más amplia de Jurisprudencia, Legislación, Doctrina e Ebooks de Latinoamérica.
Acerca del Certificado Profesional:
Para acceder al certificado emitido por el Estudio Bertazza Nicolini Corti y Asociados, el cursante debe transitar, completar todos los módulos del curso y aprobar el exámen multiple choice.
- Hoja de Ruta
- MÓDULO 1
- Módulo 1.1: Introducción al impuesto a las ganancias y balance fiscal vs. balance comercial
Relación entre el balance comercial y el balance fiscal.
Determinación de la ganancia neta sujeta al impuesto según el artículo 127 del decreto reglamentario.
Cálculo del resultado neto histórico contable como punto de partida.
Ajustes impositivos: sumas no deducibles y ganancias no alcanzadas.
Aplicación del ajuste impositivo por inflación conforme al Título VI de la ley.
Imputación de ganancias y gastos según el criterio de devengado del artículo 24.
Ausencia de definición legal del concepto de devengado y aplicación de principios contables.
Principios contables relevantes: causalidad, correlación y evaluación.
Diferencias entre el devengado contable y el devengado impositivo.
Casos ejemplificadores de divergencia de criterios entre lo contable y lo fiscal.
Posibilidad de ajustes fiscales cuando se aparta el criterio contable del devengado.
- Módulo 1.2: Autonomía del balance comercial y ajustes impositivos
Discusión sobre la autonomía entre balance comercial y fiscal.
Análisis de un fallo relevante que cuestiona el tratamiento contable e impositivo de aportes para futuro aumento de capital.
Imposibilidad de aplicar criterios fiscales distintos a los contables, salvo que la ley o su reglamento lo autoricen expresamente.
Situaciones en las que las divergencias contable-fiscales son válidas: intereses presuntos, diferencias en valuación de bienes de cambio, previsiones no admitidas.
Importancia del principio de congruencia contable-fiscal y del respeto al contenido del balance auditado.
Principio de que nadie puede ir contra sus propios actos, aplicado a la coherencia entre contabilidad y determinación fiscal.
Criterio general: se parte del resultado contable salvo cuando existe divergencia normativa expresa.
Obligación de efectuar el ajuste impositivo por inflación, con base normativa en el Título VI de la ley.
Condiciones para aplicar el ajuste por inflación: variación de precios superior al 100% en los 36 meses previos al cierre.
Confirmación del criterio del devengado para imputar ingresos y gastos, con posibilidad de ajustes si difiere del criterio fiscal.
Deducción condicionada de erogaciones a sujetos del exterior, con énfasis en países no cooperantes o de baja tributación.
Reglas para la deducción de intereses pagados al exterior según el momento del pago.
Deducción de gratificaciones al personal, sujeta al pago previo al vencimiento de la declaración jurada.
Provisión de vacaciones deducibles según su devengamiento, sin restricciones legales adicionales.
Tratamiento de las diferencias de cambio, calculadas por reevaluación anual e imputadas según el devengado, sin generar diferencias con el balance contable.
- Módulo 1.3: Deducciones, limitaciones y tratamientos especiales
Criterios fiscales y contables para amortizaciones de bienes de uso y su actualización.
Honorarios del directorio: topes deducibles y condiciones de imputación.
Diferencias en la valuación de bienes de cambio y prohibición de actualización fiscal.
Aplicación del devengado exigible en ventas a plazo y subsidios.
Criterios de valuación para títulos valores y participaciones.
Actualización del costo de venta para ciertos bienes desde 2018.
Reglas del régimen de ventirreemplazo y condiciones temporales.
Amortización fiscal limitada de bienes intangibles.
Diferencias en la deducción de gastos de organización.
Topes fiscales para amortizaciones y gastos de automóviles.
Límites a la deducción de intereses financieros y su traslado.
Restricciones al prorrateo de gastos vinculados a rentas no computables.
Criterios sobre gastos relacionados con dividendos.
Requisitos fiscales para deducir deudores incobrables.
Ajustes por dividendos recibidos, UTs y sanciones no deducibles.
Impuestos no deducibles y tratamiento del grossing up.
Tratamiento fiscal de ganancias de fuente extranjera y diferencias de cambio.
Impacto fiscal de dividendos fictos y disposición de fondos a terceros.
Límite deducible para gastos de representación.
Restricciones en la valuación de moneda extranjera por mecanismos financieros.
Análisis del tratamiento fiscal de ajustes contables de ejercicios anteriores.
Deducción limitada de donaciones según monto y destino.
- Módulo 1.4: Tributación del exterior, vinculación y quebrantos
Tratamiento fiscal de operaciones con derivados y quebrantos específicos.
Deducción parcial de pagos por marcas y patentes del exterior, con condiciones adicionales si hay vinculación.
Régimen de transparencia fiscal internacional y valuación de participaciones del exterior.
Aplicación de precios de transferencia en operaciones con vinculadas o países no cooperantes.
Límites a la deducción de compras a monotributistas, con excepción por recurrencia.
Quebrantos impositivos: tipos, caducidad, y reglas de aplicación según la fuente o naturaleza.
Debate sobre la actualización de quebrantos, posición de la AFIP y jurisprudencia que la contradice.
- MÓDULO 2
- Módulo 2.1: Rentas de fuente argentina, alícuotas y retenciones
Criterio de renta mundial y renta de fuente argentina según residencia del sujeto.
Determinación de ganancia de fuente argentina y mecanismo de retención en la fuente.
Alícuotas aplicables: general del 35% y excepciones del 7% y 15%.
Concepto de ganancia neta presunta según tipo de renta, y casos con opción por utilidad real.
Retención obligatoria incluso ante imposibilidad de practicarla, y tratamiento en contratos de tecnología.
Requisitos y efectos fiscales de la Ley 22.426 de transferencia de tecnología.
Diferenciación entre prestaciones inscribibles y no inscribibles en el INPI.
Análisis de fuente de servicios prestados desde el exterior y sus excepciones legales.
Tratamiento fiscal de intereses por préstamos del exterior y determinación de su fuente.
Ganancia neta presunta para intereses: 43% o 100% según el caso.
Venta de acciones o participaciones societarias: alícuotas, base imponible y opción por ganancia real.
Régimen aplicable a la venta de inmuebles según tipo de sujeto y fecha de adquisición.
Tratamiento del acrecentamiento del impuesto a cargo del pagador (grossing up).
Interacción con convenios para evitar la doble imposición y requisitos para aplicar beneficios.
- Módulo 2.2: Intereses de préstamos del exterior, venta de acciones e inmuebles, acrecentamiento y convenios de doble imposición
Determinación de la fuente de los intereses de préstamos del exterior según el domicilio del deudor.
Inclusión de comisiones bancarias como parte de los intereses sujetos a retención.
Casos donde se aplica ganancia neta presunta del 43% o 100%, según tipo de acreedor y condiciones.
Venta de acciones o participaciones societarias: alícuotas, base imponible y opción por utilidad real.
Tratamiento de la venta de inmuebles según sujeto, fecha de adquisición y tipo de operación.
Reglas sobre el acrecentamiento del impuesto (grossing up) y su deducibilidad.
Aplicación de convenios para evitar la doble imposición: prevalencia normativa y requisitos formales.
- MÓDULO 3
- Módulo 3.1: Marco normativo de las sociedades de capital
Introducción a los métodos de retiro de fondos de sociedades cerradas: dividendos reales, dividendos fictos y disposición de fondos.
Revisión de las tasas progresivas del impuesto a las ganancias para sociedades de capital vigentes desde 2021.
Determinación de alícuotas aplicables del 25%, 30% y 35%, y caso especial del 41,5% para actividades de juegos de azar.
Concepto y definición de dividendo real como retorno de inversión del socio o accionista.
Requisitos para la distribución de dividendos: ganancia líquida y realizada, balance en legal forma, y decisión del órgano societario.
- Módulo 3.2: Dividendos fictos y disposición de fondos
Concepto de dividendo ficto y su incorporación por la Ley 27.430.
Presunciones legales vinculadas a retiros de fondos y su tratamiento como utilidades distribuidas.
Requisitos para la aplicación del dividendo ficto: existencia de utilidades distribuibles y beneficiarios vinculados.
Diferencia entre dividendo ficto y disposición de fondos a favor de terceros (art. 76 LIG).
Sujetos alcanzados por la presunción de disposición de fondos según art. 73 y art. 53 inciso a) de la LIG.
Criterios de valuación para disposiciones de fondos y bienes (tasa de interés presunta, % sobre valor de plaza).
Tipos de entes comprendidos como sociedades de capital: SA, SRL, SAS, asociaciones, fideicomisos, fondos comunes de inversión cerrados y establecimientos permanentes.
Opción de ciertas sociedades de personas y fideicomisos para tributar como sociedades de capital.
Definición de establecimiento permanente y su inclusión como sujeto del impuesto.
Interacción entre dividendos reales, fictos y disposición de fondos luego de la reforma de la Ley 27.430.
Dividendos reales: diferencias entre dividendos no computables, sujetos a impuesto de igualación o gravados al 7%.
Tratamiento del impuesto a las ganancias de igualación para dividendos correspondientes a utilidades anteriores a 2018.
Aplicación temporal del impuesto a la ganancia de igualación y su derogación parcial.
- Módulo 3.3: Comparativa impositiva
Régimen de derogación imperfecta del impuesto a la ganancia de igualación y tratamiento conforme al artículo 166 del reglamento.
Comparación entre utilidades contables sin ajuste por inflación y utilidades impositivas posteriores al 1/1/2018.
Dividendos reales y aplicación de la retención del 7% sobre utilidades generadas desde ejercicios iniciados en 2018.
Tratamiento de dividendos en especie y determinación de resultados por diferencia entre valor contable y valor de mercado.
Detalle de supuestos que configuran dividendos fictos según la Ley 27.430.
Criterios de valuación para retiros, uso de bienes, pagos a terceros, operaciones con socios y familiares.
Límite del dividendo ficto en función de utilidades acumuladas más resultado del ejercicio en curso.
Aplicación complementaria de intereses presuntos sobre el excedente del dividendo ficto.
Consideraciones sobre conveniencia de retiros hasta el límite de utilidades disponibles en sociedades cerradas.
Régimen de intereses presuntos por disposición de fondos (artículo 76), incluidos criterios de valuación e imputación.
Exclusión de anticipos a directores y administradores del régimen de disposición de fondos.
Comparativo de alternativas de retiro de fondos y su impacto fiscal: sueldos, gratificaciones, honorarios, monotributo, dividendos reales, préstamos, etc.
Evaluación de deducibilidad, límites legales y tasa efectiva según el tipo de retiro.
Reflexiones finales sobre cómo planificar estratégicamente el retiro de fondos en sociedades cerradas según su situación particular.
- MÓDULO 4
- Módulo 4.1: Marco legal y tratamiento impositivo de la vida útil de los bienes de uso
Efecto impositivo de la vida útil de los bienes de uso en la determinación de la ganancia imponible.
Marco legal aplicable: artículo 86 inciso f de la Ley del Impuesto a las Ganancias.
Condiciones de deducibilidad: bienes afectados a la producción de ganancias gravadas.
Vida útil de los inmuebles: regla general del 2% anual (50 años) y posibilidad de aplicar un porcentaje superior si se prueba una vida útil menor.
Método de determinación de la parte atribuida al edificio según valor fiscal o justo precio.
Amortización por trimestres calendario desde la afectación hasta la desafectación del inmueble.
Concepto de mejoras según el artículo 230 del reglamento y su amortización según la vida útil restante.
Determinación de la vida útil de bienes muebles: método lineal y métodos alternativos como unidades producidas u horas trabajadas.
Aplicación del índice de actualización del artículo 93 a las cuotas de amortización.
Criterios para estimar vida útil: física vs. económica, y estimaciones tradicionales aceptadas por AFIP.
Cuadro del Decreto 1038/2000 con vidas útiles por tipo de bien (edificios, instalaciones, rodados, herramientas, aviones, etc.).
Diferencias en la amortización de inmuebles (trimestral) y bienes muebles (anual).
Criterio de práctica aceptada: amortizar íntegramente en el año de alta y no amortizar en el año de baja.
Límites de amortización para automóviles establecidos en el artículo 92 inciso L y su definición según la Ley de Tránsito.
Actualización de amortizaciones: sólo para bienes adquiridos desde ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2018.
Imposibilidad de actualizar bienes adquiridos antes de esa fecha, salvo mediante revalúo optativo o ajuste integral por inflación.
Críticas a la falta de razonabilidad y uniformidad del régimen de actualización.
- Módulo 4.2: Criterios de vida útil económica
Distinción entre vida útil física y vida útil económica, considerando la eficiencia en términos de rentabilidad y desgaste operativo.
Admisibilidad de acortar la vida útil por razones de obsolescencia tecnológica, siempre que se fundamente con prueba técnica suficiente.
Reconocimiento jurisprudencial del concepto de vida útil económicamente provechosa como parámetro válido para amortización.
Criterio administrativo que admite estimaciones razonables sobre vida útil, priorizando la eficiencia económica por sobre la duración física del bien.
Necesidad de fundamentación técnica clara para impugnar o aceptar plazos de amortización distintos a los usualmente admitidos.
En obras realizadas en el marco de concesiones, la vida útil amortizable debe determinarse en función de su uso económico real y no del plazo contractual de la concesión.
La extensión artificial del plazo de amortización puede generar desajustes entre las ganancias gravadas y las deducciones admitidas, afectando la equidad del tributo.
La amortización anticipada por el plazo del contrato sin considerar el uso posterior del bien puede ser rechazada por falta de sustento técnico.
En disputas sobre el plazo de amortización, prevalece la postura respaldada por peritajes e informes técnicos objetivos.
La carga de la prueba recae en quien pretende acortar el período de vida útil usualmente reconocido, debiendo acreditar obsolescencia, desgaste o condiciones económicas específicas.
La falta de peritaje o documentación técnica puede derivar en la aplicación de una vida útil estándar mayor a la pretendida, aun cuando exista un contrato con duración inferior.
La interpretación normativa exige que la vida útil se determine conforme al uso económicamente razonable y no exclusivamente según plazos contractuales u operativos.
- MÓDULO 5
- Módulo 5.1: Principios generales de deducción y tratamiento de la carga financiera en personas humanas
Principios generales sobre deducción de gastos en la Ley del Impuesto a las Ganancias: necesidad, vinculación con ganancias gravadas y exclusión de gastos asociados a rentas exentas o no comprendidas.
Inclusión de intereses, actualizaciones, diferencias de cambio y gastos vinculados a deudas dentro de los conceptos comprendidos como carga financiera.
Diferenciación entre personas humanas y personas jurídicas para determinar criterios de deducibilidad.
Aplicación del principio de afectación patrimonial en personas humanas y sucesiones indivisas: deducción válida solo si el pasivo está relacionado con la generación de renta gravada.
Ejemplo de deducibilidad por adquisición de inmueble destinado a alquiler versus no deducibilidad por gasto personal como vacaciones.
Excepción al principio de afectación patrimonial para créditos hipotecarios destinados a casa-habitación, con un límite anual de $20.000.
Aplicación del principio de universalidad del pasivo en personas jurídicas: los pasivos se presumen afectados al conjunto del activo sin una asignación directa específica.
Disposición del artículo 190 del reglamento que establece el prorrateo de intereses en función de la proporción de rentas gravadas, exentas y no gravadas, excluyendo renta de fuente extranjera.
Procedimiento para determinar el importe deducible de intereses: cálculo proporcional y separación entre deudas con partes vinculadas y no vinculadas.
Restricción a la deducibilidad inmediata de intereses originados con partes vinculadas, que requieren un tratamiento impositivo diferenciado.
- Módulo 5.2: Deducción de intereses con sujetos vinculados y limitaciones legales
Naturaleza y finalidad de la limitación a la deducción de intereses en operaciones con sujetos vinculados: prevención de la capitalización exigua.
Alcance de la norma: aplica exclusivamente a deudas de carácter financiero con sujetos vinculados conforme al artículo 18 de la ley.
Definición legal y reglamentaria de vinculación económica: criterios de control, participación, influencia funcional o contractual.
Enumeración de supuestos reglamentarios de vinculación: posesión de capital, poder de voto, dirección común, asunción de pérdidas, entre otros.
Determinación del límite deducible: mayor entre $1.000.000 o 30% de la ganancia neta ajustada antes de intereses y amortizaciones.
Posibilidad de adicionar intereses no deducidos en ejercicios anteriores (hasta tres años previos) y diferimiento de intereses no deducibles por hasta cinco ejercicios futuros.
Excepciones a la limitación de deducción de intereses con vinculados: bancos, fideicomisos financieros, empresas de leasing, equivalencia de ratios en el grupo económico, tributación efectiva del beneficiario y otros supuestos específicos.
Inclusión en la limitación de deducción de diferencias de cambio y actualizaciones relacionadas con pasivos financieros, salvo en caso de aplicación del ajuste por inflación impositivo.
Relación entre ajuste por inflación impositivo y deducción plena de la diferencia de cambio como compensación por la ganancia por inflación generada por pasivos.
Cuadro comparativo de deducibilidad según tipo de deuda (comercial o financiera) y vinculación del acreedor.
Condicionamiento de deducibilidad a la realización efectiva del pago en operaciones con sujetos del exterior, conforme al artículo 24 de la ley.
Aplicación de cláusulas de no discriminación en convenios para evitar la doble imposición como herramienta para sostener la deducibilidad de intereses por devengado en operaciones internacionales.
Corti, Marcelo
Argentina
Serra, Marcelo G.
Argentina
Dedicación
15 horas
Módulos
19
Nivel
Avanzado
Institución
Bertazza Nicolini Corti & Asociados
Idioma
Español
Modalidad
Asincrónico
Precio
410
Créditos
75 Créditos
Cambiar Moneda
Moneda: ()
INCLUYE CERTIFICADO
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